Calculadora de PTU 2026
Si tu empresa generó utilidades en 2025, tienes derecho a recibir PTU (reparto de utilidades) antes del 30 de mayo de 2026. El reparto se divide 50/50: la mitad según los días trabajados y la otra mitad proporcional a tu salario. Los primeros 15 UMAs diarias ($1,697.10 en 2026) están exentos de ISR. Usa esta calculadora para estimar tu PTU neto con el desglose completo.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el PTU y quién tiene derecho?
El PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) es un derecho constitucional (Art. 123) y está regulado por la LFT (Art. 117-131). Todos los empleados con relación laboral formal tienen derecho, siempre que hayan trabajado al menos 60 días en el año. Solo están excluidos los directores generales, socios/accionistas, y trabajadores domésticos. Las empresas de nueva creación están exentas el primer año.
¿Cuándo debe pagarse el PTU?
La empresa debe repartir las utilidades dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba presentar su declaración anual de impuestos. Para personas morales, el plazo es del 1 de abril al 30 de mayo. Para personas físicas, del 1 de mayo al 29 de junio. Si no te pagan, puedes reclamar ante la PROFEDET o la Junta de Conciliación y Arbitraje dentro del plazo de un año.
¿Cómo se divide el PTU entre los trabajadores?
El 10% de las utilidades antes de impuestos se divide en dos partes iguales (50/50). La primera mitad se reparte en función de los días trabajados por cada empleado durante el año. La segunda mitad se reparte proporcional al salario de cada trabajador respecto al total de salarios. Este método busca equilibrar la antigüedad (días) con la responsabilidad (salario) de cada empleado.
¿El PTU paga impuestos?
Sí, pero con exención. Los primeros 15 UMAs diarias (equivalente a $1,697.10 en 2026) están exentos de ISR según el Art. 93 fracción XIV de la LISR. Solo el excedente es gravable. El ISR se calcula aplicando las tablas mensuales del SAT al monto gravable. Si tu PTU total es menor a la exención, no pagarás impuestos.
¿Qué pasa si la empresa no tuvo utilidades?
Si la empresa no generó utilidades (tuvo pérdidas o utilidad cero según su declaración fiscal), no hay obligación de repartir PTU. Sin embargo, los trabajadores pueden revisar la declaración anual de la empresa ante la STPS para verificar que las cifras reportadas sean correctas. Si sospechas irregularidades, puedes solicitar una revisión a través de la PROFEDET.