Calculadora de Prima de Servicios 2026
La prima de servicios en Colombia para 2026 equivale a 30 días de salario por año de servicio (15 días por semestre). Se calcula con la fórmula: (salario + auxilio de transporte) × días trabajados / 360. Un trabajador con salario mínimo de $1,423,500 COP más auxilio de transporte de $200,000 recibe una prima semestral de $811,750. El auxilio de transporte se incluye en la base de cálculo para salarios de hasta 2 SMMLV ($2,847,000). El empleador debe pagar a más tardar el 30 de junio (primer semestre) y el 20 de diciembre (segundo semestre), según los artículos 306 a 308 del Código Sustantivo del Trabajo.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la prima de servicios en Colombia?
La prima de servicios es una prestación social obligatoria que todo empleador debe pagar a sus trabajadores. Equivale a 30 días de salario por año de servicio, pagados en dos cuotas semestrales de 15 días cada una. Está regulada por los artículos 306 a 308 del Código Sustantivo del Trabajo y aplica a todos los trabajadores con contrato laboral.
¿Cuándo se paga la prima de servicios?
La prima se paga en dos cuotas: la primera a más tardar el 30 de junio (correspondiente al periodo enero-junio) y la segunda a más tardar el 20 de diciembre (correspondiente al periodo julio-diciembre). El empleador puede pagarla antes de estas fechas pero nunca después, so pena de sanciones por mora.
¿El auxilio de transporte se incluye en el cálculo de la prima?
Sí, el auxilio de transporte ($200,000 COP en 2026) se incluye en la base de cálculo de la prima de servicios. Sin embargo, solo aplica para trabajadores con salario mensual igual o inferior a 2 SMMLV ($2,847,000 COP en 2026). Los trabajadores con salarios superiores no reciben auxilio de transporte y su prima se calcula solo sobre el salario.
¿Cómo se calcula la prima si no trabajé el semestre completo?
La prima se calcula proporcionalmente a los días trabajados durante el semestre. La fórmula es: (salario + auxilio de transporte) × días trabajados / 360. Por ejemplo, si trabajaste 90 días con un salario de $2,000,000, tu prima sería: $2,000,000 × 90 / 360 = $500,000. Cada día de semestre no trabajado reduce proporcionalmente el monto.
¿La prima de servicios está sujeta a retención en la fuente?
Sí, la prima de servicios puede estar sujeta a retención en la fuente si el monto total de ingresos del mes en que se paga supera el umbral de retención (95 UVT de ingreso gravable). Sin embargo, la prima en sí goza de una exención del 25% como renta exenta del trabajo, igual que el salario ordinario. El empleador aplica la retención según la tabla del Artículo 383 del Estatuto Tributario sobre el total de pagos del periodo.