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Calculadora de Décimo Tercer Mes Panamá 2026

Última actualización: enero 2026

El décimo tercer mes en Panamá para 2026 es una bonificación anual única en la región por pagarse en 3 cuotas trimestrales, según el Código de Trabajo. Los pagos se realizan el 15 de abril, 15 de agosto y 15 de diciembre. Cada cuota equivale a los ingresos del cuatrimestre anterior divididos entre 12: la primera cubre enero-abril, la segunda mayo-agosto, y la tercera septiembre-diciembre. El décimo tercer mes está exento del ISR y del Seguro Educativo. Con un salario mensual de B/.1,500, cada cuota sería de B/.500 (B/.1,500 × 4 meses ÷ 12). La moneda es el balboa (B/.), con paridad 1:1 al dólar. La DGI y el Ministerio de Trabajo supervisan el cumplimiento de esta prestación.

B/.

Período de acumulación: 01-01 al 12-31 · Fecha de pago: 04-15

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se paga el décimo tercer mes en Panamá?
A diferencia de otros países que pagan una sola vez en diciembre, Panamá paga el décimo tercer mes en 3 cuotas: 15 de abril, 15 de agosto y 15 de diciembre. Cada cuota corresponde a un cuatrimestre. Esto proporciona liquidez al trabajador durante todo el año, no solo en diciembre.
¿Cómo se calcula cada cuota del décimo tercer mes?
Cada cuota se calcula dividiendo los ingresos del cuatrimestre entre 12. Primera cuota (abril): salarios de enero a abril ÷ 12. Segunda (agosto): mayo a agosto ÷ 12. Tercera (diciembre): septiembre a diciembre ÷ 12. Con un salario fijo de B/.2,000/mes, cada cuota es B/.666.67.
¿El décimo tercer mes paga ISR en Panamá?
No. El décimo tercer mes está completamente exento del ISR y del Seguro Educativo. Sí se le aplican las cuotas de la CSS (9.75% del trabajador), pero no el impuesto sobre la renta. El trabajador recibe el monto después de deducir solo la CSS.
¿Qué es el décimo tercer mes en Panamá?
El décimo tercer mes (XIII mes) es una bonificación anual obligatoria en Panamá equivalente a un mes de salario, dividida en 3 pagos cuatrimestrales. Fue establecido por la Ley 66 de 1947. Es un derecho irrenunciable del trabajador e inembargable, salvo por pensiones alimenticias.
¿Cómo se calcula el décimo tercer mes proporcional en Panamá?
Si el trabajador ingresó o fue despedido durante un cuatrimestre, se calcula proporcionalmente al tiempo trabajado en ese período: (salario × meses trabajados en el cuatrimestre) ÷ 12. En caso de terminación laboral, se paga el décimo tercer mes proporcional pendiente como parte de la liquidación.
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