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Calculadora de Salario de Navidad República Dominicana 2026

Última actualización: enero 2026

El salario de Navidad en República Dominicana para 2026 equivale a la doceava parte de los salarios devengados durante el año calendario (enero a diciembre). Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Está exento del ISR hasta un monto equivalente a 5 veces el salario mínimo de la empresa (RD$149,940 para empresas grandes con mínimo de RD$29,988). El excedente sí está gravado. No se le descuenta seguridad social (SFS ni AFP). Es un derecho irrenunciable de todo trabajador con relación de dependencia según el Código de Trabajo dominicano, bajo supervisión del Ministerio de Trabajo.

RD$

Período de acumulación: 01-01 al 12-31 · Fecha de pago: 12-20

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calcula el salario de Navidad en RD?
Se suman todos los salarios ordinarios devengados de enero a diciembre y se divide entre 12. Si trabajaste menos de 12 meses, se calcula proporcionalmente: suma de salarios del período ÷ 12. La base incluye el salario ordinario mensual.
¿El salario de Navidad paga ISR en República Dominicana?
Parcialmente. Está exento hasta 5 veces el salario mínimo de la categoría de empresa. Para empresas grandes (mínimo RD$29,988), la exención es de RD$149,940. Si tu salario de Navidad excede ese monto, solo el excedente está gravado con ISR.
¿Cuándo se paga el salario de Navidad?
Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año. El Código de Trabajo dominicano establece sanciones para empleadores que incumplan este plazo. El trabajador puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo.
¿El salario de Navidad descuenta seguridad social?
No. El salario de Navidad no está sujeto a descuentos de SFS (salud), AFP (pensiones) ni SRL (riesgos laborales). El trabajador recibe el monto íntegro, salvo la retención de ISR sobre el excedente de la exención de 5× salario mínimo.
¿Cuál es la diferencia entre salario de Navidad y aguinaldo?
En República Dominicana se usa el término 'salario de Navidad' (o décimo tercer salario) en lugar de aguinaldo. Funciona igual: un salario extra anual. La particularidad dominicana es la exención tributaria parcial (hasta 5× salario mínimo) y el uso del divisor de 23.83 para el cálculo del salario diario.
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